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1.3.1 Régimen de prevención

Autoridades encargadas de diseñar el marco normativo aplicable en materia de PLD/FT:

  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público
  • Unidad de Inteligencia Financiera
  • Unidad de Banca, Valores y Ahorro
  • Unidad de Banca de Desarrollo
  • Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social

Órganos encargados de supervisar el régimen de prevención en el sistema financiero mexicano:

  • Comisión Nacional Bancaria y de Valores
  • Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
  • Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
  • Servicio de Administración Tributaria

Autoridades encargadas de realizar funciones de detección y de combate al lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo:

  • Unidad de Inteligencia Financiera
  • Procuraduría Fiscal de la Federación
  • Fiscalía General de la República
UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA
 
Desde luego a la cabeza del diseño del marco normativo tanto para el Sistema Financiero Mexicano como para los otros sectores no financieros pero que realizan las denominadas “Actividades Vulnerables”, esta la Unidad de Inteligencia Financiera que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que es miembro del Grupo Egmont.
 
La Unidad de Inteligencia Financiera tiene la siguiente estructura:
 
·       Dirección General de Asuntos Normativos.
·       Dirección General de Análisis.
·       Dirección General de Procesos Legales.
 
Como se puede apreciar en su estructura, sus funciones son completas en el área que nos ocupa, van desde diseñar la normatividad, pasando por el análisis de los reportes que recibe y concluyendo con la generación de los procesos legales en su caso.  Este organismo resulta ser el de mayor relevancia de la lucha contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.  Incluso tiene una gran interacción con los demás organismos reguladores y supervisores.
 
En el Manual de Organización General de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de agosto de 2018, se pueden encontrar las siguientes funciones de la Unidad de Inteligencia Financiera relacionadas con los procesos regulatorios:
 
Objetivo
 
El establecimiento de políticas, así como la implementación de mecanismos encaminados a prevenir e identificar conductas que actualicen los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo nacional e internacional, así como su financiamiento, con el fin de impulsar el sano desarrollo del sistema financiero mexicano y la economía nacional e impedir que sean utilizados para la comisión de los delitos mencionados, ya sea dentro del territorio nacional, desde o hacia el extranjero. Lo anterior, mediante la coadyuvancia con las autoridades competentes, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable.
 
Funciones
-      Proponer y emitir opinión sobre los proyectos de disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras, respecto de:
 
    a) El establecimiento de medidas para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que puedan favorecer la comisión de los delitos de terrorismo y su financiamiento o de operaciones con recursos de procedencia ilícita;
    b) La elaboración y presentación a la Secretaría de reportes sobre los actos, operaciones y servicios que las entidades obligadas a ello realicen con sus clientes o usuarios, y
    c) Los lineamientos sobre el procedimiento y criterios que las personas deban observar para el adecuado conocimiento de sus clientes o usuarios, la seguridad de la información y los términos para brindar la capacitación de las personas obligadas de conformidad con la ley.
 
-      Formular y proponer las reglas de carácter general que la Secretaría deba emitir; así como determinar los medios de cumplimiento alternativo en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su reglamento y resolver lo referente a su aplicación.
-      Expedir las formas oficiales para la presentación de reportes y avisos sobre los actos, operaciones y servicios que deban presentar quienes se encuentran sujetos al régimen de prevención de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como de terrorismo y su financiamiento.
 
Dirección General de Asuntos Normativos
 
Objetivo
Dirigir los trabajos normativos competencia de la Unidad de Inteligencia Financiera, conducir las relaciones de la Unidad en el ámbito nacional e internacional, así como emitir opinión jurídica para la interpretación para efectos administrativos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deba emitir de la normatividad en materia de prevención de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo y su financiamiento, a fin de asegurar el adecuado cumplimiento de las atribuciones de la Unidad.
 
Funciones
-      Someter a consideración del Titular de la Unidad las propuestas y la emisión de opinión sobre los proyectos de disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras, respecto de:
   a) El establecimiento de medidas para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que puedan favorecer la comisión de los delitos de terrorismo y su financiamiento o de operaciones con recursos de procedencia ilícita;
    b) La elaboración y presentación a la Secretaría de reportes sobre los actos, operaciones y servicios que las entidades obligadas a ello realicen con sus clientes o usuarios;
    c) Los lineamientos sobre el procedimiento y criterios que las personas deban observar para el adecuado conocimiento de sus clientes o usuarios, la seguridad de la información y los términos para brindar la capacitación de las personas obligadas de conformidad con la ley.
 
-      Someter a consideración del Titular de la Unidad los proyectos y propuestas de reglas de carácter general que la Secretaría deba emitir en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su normatividad secundaria, así como determinar los medios de cumplimiento alternativo en términos de dicha Ley.
 
-      Interpretar para efectos administrativos la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su normatividad secundaria.
 
-      Participar en el estudio y elaboración de la normatividad relativa a las materias que correspondan a la Unidad de Inteligencia Financiera, así como participar con las unidades competentes y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría en la evaluación del cumplimiento de la misma y la expedición de formatos oficiales para la presentación de avisos y reportes, así como para hacer de su conocimiento el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo de las referidas disposiciones y reglas para que ejerzan sus facultades.
 
-      Requerir a las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría la información y documentación necesaria en el ejercicio de sus atribuciones; fungir como enlace, así como negociar, celebrar e implementar convenios o cualquier otro instrumento jurídico con unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal y municipal, el Poder Judicial de la Federación, la Procuraduría General de la República, los poderes judiciales de las entidades federativas, las procuradurías generales de justicia o fiscalías de las entidades federativas y los organismos constitucionales autónomos, así como implementar los acuerdos adoptados; y proporcionar, requerir e intercambiar con las autoridades competentes nacionales la información y documentación en las materias de su competencia.
 
-      Fungir, en las materias competencia de la Unidad de Inteligencia Financiera, como enlace entre la Secretaría y los países, jurisdicciones u organismos internacionales o intergubernamentales e implementar los acuerdos que se adopten, así como proporcionar, requerir e intercambiar con las autoridades competentes extranjeras la información y documentación en las materias de su competencia.
 
-      Participar en la suscripción de los convenios para la presentación de avisos a través de entidades colegiadas en términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su normatividad secundaria.
Dirección General de Análisis.
 
Objetivo: Establecer los lineamientos, para recibir y analizar los reportes, avisos y declaraciones, así como la demás información relacionada con ellos, para la elaboración de reportes de inteligencia que contengan indicios o elementos sobre conductas que puedan constituir los delitos de LD/FT.
 
Dirección General de Procesos Legales.
 
Objetivo: Dirigir las relaciones con autoridades o unidades administrativas nacionales e internacionales involucradas en la investigación, integración y en su caso, resolución de los delitos de LD/FT, así como establecer los lineamientos por los cuales se realizan las denuncias por estos delitos, incluyendo el seguimiento eficaz y oportuno a dichas denuncias.
Unidad de Banca Valores y Ahorro.


La UBVA por sus siglas es otra de las Unidades de mayor relevancia en los procesos regulatorios, ya que su ámbito de regulación abarca prácticamente todas las entidades financieras del País.  La UBVA depende de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.  Su objetivo y sus funciones dentro del proceso regulatorio que nos ocupa se citan a continuación. 
 
Objetivo

Fungir como autoridad reguladora, coordinadora, supervisora y evaluadora en los aspectos normativos, corporativos y financieros de las instituciones de su competencia, de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las actividades financiera, bancaria, crediticia, de valores, futuros, opciones y auxiliares del crédito, incluidas las sociedades financieras de objeto múltiple y de ahorro y los asuntos referentes a la protección al ahorro bancario y crédito popular, así como de protección y defensa al usuario de servicios financieros, para consolidar la regulación del sistema financiero en el Gobierno Federal, con el propósito de conjuntar esfuerzos en el crecimiento de la economía nacional.

Funciones
- Formular para aprobación superior, las políticas necesarias para desarrollar las actividades financiera, bancaria, crediticia, de valores, derivados y los asuntos referentes a la protección al ahorro bancario, ahorro y crédito popular, de protección y defensa al usuario de servicios financieros; las políticas públicas de educación e inclusión financiera; la elaboración del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y otros programas; la formulación de propuestas que fomenten el ahorro interno y el desarrollo de fuentes de financiamiento, así como en la evaluación de la operación y desempeño de las entidades y materias de su competencia.
 
- Interpretar para efectos administrativos las leyes o disposiciones financieras aplicables a las entidades sujetas a su regulación; sancionar las infracciones cometidas a la normatividad aplicable a las entidades sujetas a su regulación, cuando dicha atribución se encuentre conferida a la Secretaría.
 
- Participar en la elaboración de instrumentos legales en materia financiera, bancaria, crediticia y de valores en términos de la normatividad aplicable.
 
- Resolver previa autorización superior, las solicitudes de autorización o concesión para la constitución organización, operación y funcionamiento de entidades sujetas a su regulación, así como autorizar, aprobar o en su caso tomar conocimiento de actos corporativos efectuados por alguna de las entidades sujetas a su regulación.
 
- Ejercer atribuciones de la Secretaría como coordinadora de sector de órganos desconcentrados y organismos descentralizados, de conformidad con las disposiciones aplicables; de las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno Federal tenga el control por su participación accionaria y proponer los lineamientos a que deberán sujetarse en materia de política, planes de largo plazo  y programas de estas instituciones; así como representar a la Secretaría en la celebración de los convenios y contratos para el otorgamiento de mandatos públicos relacionados con los asuntos de su competencia, así como para modificar, finiquitar o rescindir dichos instrumentos.
 
- Representar a la Secretaría en sus relaciones con el Banco de México en los asuntos de su competencia; ejercer las facultades relacionadas con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como fungir como enlace entre la Secretaría, las dependencias, las entidades de la Administración Pública Federal y los organismos internacionales, e intervenir en la obtención de información y documentación solicitada por las autoridades competentes de los países con los que se tengan celebrados convenios o tratados, en términos de la legislación aplicable.
 
- Participar en la negociación de acuerdos y tratados que incluyan disposiciones en materia de servicios financieros, de protección al usuario de servicios financieros, de educación e inclusión financiera y apoyar y representar a la Secretaría en comités y organismos nacionales e internacionales, así como en materia de identificación, evaluación, seguimiento de riesgos y vulnerabilidades para la estabilidad financiera global y local, y diseño de las medidas de política regulatoria que permitan reducir sus efectos.

 

- Asistir a las distintas sesiones de los órganos de gobierno y grupos de trabajo de los órganos desconcentrados y de los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en los que, al efecto, su titular sea nombrado por el Secretario.
 
 
Unidad de Banca de Desarrollo. 


La Unidad de Banca de Desarrollo también participa en la normatividad en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo desde su ámbito regulador que esta enfocado a las Instituciones de Banca de Desarrollo y demás entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento.
 
En la siguiente liga si es de su interés pueden conocer cuáles son los Bancos de Desarrollo y las entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento.
 
 
El objetivo y funciones de la Banca de Desarrollo y Fomento son los siguientes:
 
Objetivo

Promover, conducir y coordinar la política de financiamiento al desarrollo de las instituciones de banca de desarrollo y demás entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento, mediante la participación en sus diferentes órganos de gobierno, con el propósito de coadyuvar al cumplimiento de su mandato en la atención de los sectores estratégicos de la economía, en apego a lo establecido en los lineamientos y objetivos señalados en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo.
 
Funciones
- Participar en el establecimiento de la política de financiamiento al desarrollo de las instituciones de banca de desarrollo y demás entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento coordinadas por la Unidad mediante los órganos de gobierno y aprobar los programas financieros e institucionales.
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- Elaborar proyectos de reforma al marco regulatorio, mediante propuestas para mejorar la operación de las instituciones de banca de desarrollo y demás entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento coordinadas por la Unidad.
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- Interpretar las leyes orgánicas y las disposiciones aplicables, mediante su estudio y análisis para efectos administrativos de las instituciones de banca de desarrollo y demás entidades que integran el Sistema Financiero de Fomento coordinadas por la Unidad.

Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social

Esta Unidad también es un organismo regulador en esta materia, ya que su ámbito de regulación esta enfocado a las Instituciones y Sociedades Mutualistas y de Seguros, a las Administradoras de Fondos para el Retiro y a las Instituciones de Fianzas entre otras.  Su objeto y funciones son las siguientes en materia regulatoria de los temas que nos ocupan.

 
Objetivo
 
Establecer políticas, expedir y proponer regulación; resolver los asuntos de instituciones y sociedades mutualistas de seguros; reaseguradoras extranjeras; instituciones de fianzas; consorcios de seguros y de fianzas; administradoras de fondos para el retiro; sociedades de inversión especializadas, de fondos para el retiro y empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR; grupos financieros y su sociedad controladora, siempre que ésta, esté sujeta a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas o de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro; así como de las materias de pensiones y seguridad social y con las actividades de seguros, fianzas y las relativas a los sistemas de ahorro para el retiro, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de su misión y objetivos, en las materias señaladas, conforme a los ordenamientos legales aplicables.
 
Funciones
 
-     Formular las políticas de promoción, desarrollo, regulación y supervisión de las instituciones, sociedades, entidades, empresas, materias y actividades descritas en el objetivo de esta Unidad.
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-       Participar en el ámbito de competencia de la Unidad, en la negociación y elaboración de tratados y convenios internacionales y en organismos y comités internacionales, así como fungir como enlace con las diversas dependencias, entidades o unidades administrativas de éstas, así como con los organismos internacionales, interviniendo en la obtención de la información y documentación que se solicite por parte de las autoridades competentes de los países con los que se tengan celebrados convenios o tratados.
 
-       Determinar los asuntos relacionados con la aplicación de los ordenamientos legales que regulan las entidades, sociedades, actividades y materias competencia de la Unidad; aprobar las escrituras constitutivas y estatutos sociales de dichas entidades; autorizar la incorporación de una nueva entidad a un grupo financiero, la fusión de dos o más de estos grupos; autorizar la fusión o escisión de las entidades citadas; otorgar y revocar las autorizaciones para el establecimiento de oficinas de representación de reaseguradoras extranjeras y otorgar y cancelar la inscripción de reaseguradoras extranjeras y llevar el registro de fondos de aseguramiento agropecuario y rural y de los organismos integradores de los mismos.
 
-      Ejercer las atribuciones en materia de lavado de dinero y financiación al terrorismo respecto de las entidades, materias y actividades competencia de la Unidad, entre otras, las de proponer  las disposiciones de carácter general que, establezcan medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 Quáter, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal; interpretar para efectos administrativos dichas disposiciones, y participar en el estudio y elaboración de anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos relativos a los actos indicados, previa opinión de la Unidad de Inteligencia Financiera.
 
-      Formular propuestas de iniciativa de decretos, reformas, adiciones, derogaciones y abrogaciones a las disposiciones legales aplicables a las entidades, materias y actividades que se ubiquen en el ámbito de competencia de la Unidad, con el propósito de impulsar el sano desarrollo y competitividad del sistema financiero.
 
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