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Transparencia Internacional

Esta organización internacional ha definido la corrupción como: “El abuso del poder para beneficio propio" y se clasifica en (i) corrupción a gran escala, (ii) actos de corrupción menores y (iii) corrupción política, según la cantidad de fondos perdidos y el sector en el que se cometa.
 
•          Corrupción a Gran Escala:
Se comete en los más altos niveles del gobierno, involucran la distorsión de políticas, o de funcionarios centrales de Estado y las PEP se benefician a expensas del bien común.

•          Actos de Corrupción Menores:
Consiste en los abusos cotidianos del poder por PEP de nivel medio y bajo, al interactuar con ciudadanos comunes quienes intentan acceder a bienes y servicios básicos.

•          Corrupción Política:
Es la manipulación de políticas, instituciones y procedimientos en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio.

 
Nuestra legislación penal tiene tipificado el delito de corrupción en el Título X del Código Penal Federal y como todos los delitos, genera recursos de procedencia ilícita que están sujetos al delito del artículo 400 Bis del mismo código, Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.