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Comité de Basilea

Objeto y Mandato

El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS) es un organismo normativo internacional; su objeto es promover estándares mundiales de supervisión eficientes para la regulación de los bancos y fomentar la cooperación en materia de supervisión bancaria.

Estructura

Comité.- Máximo órgano decisorio y está a cargo de velar por el cumplimiento de las funciones del BCBS.

Grupos, grupos de trabajo y grupos especiales

Grupos.- Están formados por funcionarios de alto rango de los miembros del BCBS que orientan o emprenden personalmente el trabajo del Comité en sus principales esferas.

Grupos de Trabajo.- Están formados por expertos de los miembros del BCBS que brindan apoyo a la labor técnica de los Grupos.

Grupos Especiales.- Se crean para llevar a cabo tareas específicas durante un plazo limitado.

Presidente.- Dirige el trabajo del Comité de conformidad con el mandato del BCBS.

Secretaría.- El secretariado del Comité es ejercido por el Banco de Pagos Internacionales (BPI). Apoya el trabajo del Comité, el Presidente y los Grupos en los que el Comité organiza su trabajo.

Funciones

Intercambiar información sobre la evolución del sector bancario y los mercados financieros, con el fin de detectar riesgos actuales o principales para el sistema financiero mundial.

Documentos y Principios emitidos, así como su contenido y alcance

- Declaración de Principios de Basilea 1988

- Principios Básicos para una Adecuada Supervisión Bancaria



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El Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, establecido
 en 1974 por los gobernadores de los bancos centrales de los países del G-10 (Grupo de los 10 en 1974: Bélgica, Canadá, Francia, Italia, Japón, Reino Unido, Estados Unidos, Alemania, Suecia y Países Bajos), promueve estándares mundiales de supervisión eficientes. El Secretariado del Comité es ejercido por el Banco de Pagos Internacionales (BIS, Bank for lnternational Settlements) en Basilea, Suiza. El BIS es una organización internacional que promueve la cooperación entre los bancos centrales y otras agencias para lograr la estabilidad monetaria y financiera. Sus servicios son brindados exclusivamente a bancos centrales y a organizaciones internacionales.

Los supervisores bancarios generalmente no son responsables del enjuiciamiento penal del lavado de dinero o de las labores
 de ALD en sus países, pero juegan un papel en garantizar que
 los bancos tengan procedimientos vigentes, incluyendo políticas estrictas de Conozca a Su Cliente, para evitar verse involucrados con traficantes de drogas y otros delincuentes, así como en la promoción general de elevados estándares éticos y profesionales en el sector financiero. El escándalo del BCCI a comienzos de
 los 90, las acusaciones y declaraciones de culpabilidad de los antiguos funcionarios de la sucursal de Atlanta de la institución italiana Banca Nazionale del Lavoro en 1992 y otros escándalos bancarios internacionales llevaron rápidamente a los reguladores bancarios en las naciones más ricas a acordar reglas básicas para la supervisión y operación de los bancos multinacionales.

Los miembros del Comité en 2018 provienen de Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, España,
Estados Unidos, Francia, Holanda, Hong Kong (Región de
 Administración Especial), India, Indonesia, Italia, Japón, Koréa del Sur, Luxemburgo, México, Reino Unido, Singapur, Suecia, Suiza, Suráfrica y Turquía.

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ACAMS, Guía de estudio para el examen de certificación CAMS, 5 Ed, 2011

El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea(BCBS por su siglas en inglés de Basel Committee on Banking Supervision) es el principal organismo normativo internacional para la regulación prudencial de los bancos y constituye un foro de cooperación en materia de supervisión bancaria. Su mandato (misión) es mejorar la regulación, la supervisión y las prácticas bancarias en todo el mundo con el fin de afianzar la estabilidad financiera. 

El BCBS lleva a cabo su mandato a través de las siguientes actividades:

a) intercambiar información sobre la evolución del sector bancario y los mercados financieros, con el fin de detectar riesgos actuales o incipientes para el sistema financiero mundial;

b) compartir asuntos, estrategias y técnicas de supervisión para propiciar un entendimiento común y mejorar la cooperación internacional;

c) establecer y promover normas internacionales, directrices y buenas prácticas en materia de regulación y supervisión bancaria;

d) abordar las lagunas de regulación y supervisión que planteen riesgos para la estabilidad financiera;

e) vigilar la aplicación de las normas del BCBS en los países miembros y otros países, con el fin de asegurar su aplicación oportuna, uniforme y eficaz, y contribuir al fomento de condiciones equitativas entre los bancos con actividades internacionales;

f) consultar con los bancos centrales y las autoridades de supervisión bancaria no pertenecientes al BCBS para tener en cuenta su opinión en el proceso de formulación de políticas y fomentar la aplicación de las normas, directrices y buenas prácticas del BCBS en los países no miembros; y

g) coordinar y cooperar con otras entidades normativas y organismos internacionales del sector financiero, en particular aquellos que promueven la estabilidad financiera.

Los miembros del BCBS son organismos con potestades directas de supervisión bancaria y bancos centrales.
 
Mediante consulta previa con el Comité, el Presidente del BCBS puede invitar a otros organismos a participar como observadores en el BCBS.
 
La calidad de miembro y observador se someterá a examen periódicamente.
 
Para aceptar nuevos miembros se tomará debidamente en cuenta la importancia de su sector bancario nacional para la estabilidad financiera internacional. Para modificar la composición del BCBS, el Comité emitirá recomendaciones a su órgano de vigilancia, el Grupo de Gobernadores y Autoridades de Supervisión.
 

Los miembros del BCBS se comprometen a:

a) trabajar de forma conjunta para cumplir el mandato del BCBS;

b) promover la estabilidad financiera;

c) mejorar continuamente la calidad de su regulación y supervisión bancaria;

d) contribuir activamente a la elaboración de normas, directrices y buenas prácticas del BCBS;

e) instrumentar y aplicar las normas del BCBS en su jurisdicción nacional en el plazo establecido por el Comité;

f) someterse y participar en los exámenes del BCBS para evaluar la compatibilidad y
 eficacia de las normas y prácticas de supervisión nacionales con respecto a las normas del BCBS, y

g) trabajar en aras de la estabilidad financiera mundial y no solo de los intereses nacionales, así como participar en la labor y la toma de decisiones del BCBS.

 
 
Estructura y Funciones
 
Elemento
Funciones
El Comité
 
Es el máximo órgano decisorio y está a cargo de velar por el cumplimiento del mandato del BCBS.
 
Generalmente se reúne cuatro veces al año. No obstante, el Presidente puede decidir la celebración de más reuniones si fuera necesario.
 

a) elaborar, orientar y seguir la marcha del programa de trabajo del BCBS, conforme a la orientación general del GHOS (Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Autoridades (Jefes) de Supervisión)( Group of Governors and Heads of Supervision);

b) establecer y promover las normas, directrices y buenas prácticas del BCBS;

c) crear y disolver los grupos, grupos de trabajo y grupos especiales; aprobar y modificar sus mandatos; y seguir la marcha de sus avances;

d) recomendar al GHOS modificaciones al estatuto del BCBS; y

e) decidir sobre el reglamento orgánico que rige su actividad.

 
Grupos
Grupos de trabajo
Grupos especiales
 
 
Grupos
 
Grupos de trabajo
 
Grupos Especiales
Los grupos del BCBS responden directamente ante el Comité y están formados por funcionarios de alto rango de los miembros del BCBS que orientan o emprenden personalmente el trabajo del Comité en sus principales esferas. Los grupos del BCBS integran la estructura interna permanente del BCBS y, por lo tanto, no persiguen resultados ni plazos especificas.
 
Los grupos de trabajo (working groups) están formados por expertos de los miembros del
BCBS que brindan apoyo a la labor técnica de los grupos del BCBS.
 
Los grupos especiales (task forces) se crean para llevar cabo tareas especificas durante un 
plazo limitado. Generalmente están formados por expertos técnicos de las instituciones miembros del BCBS. No obstante, cuando es el Comité el que los crea, estos grupos se 
componen de representantes del BCBS y se ocupan de cuestiones especificas que
requieren la atención inmediata del Comité. En tales casos. se denominan grupos
especiales de alto nivel.
 
Presidente
 
Dirige el trabajo del Comité de conformidad con el mandato del BCBS.
 
El GHOS (Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Autoridades (Jefes) de Supervisión) designa al Presidente para un periodo de tres años, renovable una sola vez.
 

a) convocar y presidir las reuniones del Comité. Si el Presidente se ve imposibilitado para asistir a una reunión del Comité, puede designar al Secretario General para que presida la reunión en su nombre;

b) seguir la marcha de los avances en el programa de trabajo del BCBS y ofrecer orientación práctica entre reuniones para dar seguimiento a las decisiones e instrucciones del Comité;

c) informar al GHOS cuando corresponda; y


d) representar al BCBS externamente y actuar como portavoz principal del BCBS.

 
Secretaria
 
El Banco de Pagos Internacionales (BPI) acoge los servicios de Secretaría del BCBS.
 
La función de la Secretaría consiste en apoyar el trabajo del Comité, el Presidente y los grupos en los que el Comité organiza su trabajo.
 
El personal de la Secretaría se compone principalmente de profesionales en comisión de servicios aportados por los miembros del BCBS.
 
La Secretaría se encuentra en el Banco de Pagos Internacionales en Basilea.
 

a) prestar apoyo y asistencia al Comité, al Presidente, a los grupos, a los grupos de trabajo y a los grupos especiales;

b) asegurar el flujo oportuno y eficaz de la información a todos los miembros del BCBS;

c) facilitar la coordinación entre los grupos, los grupos de trabajo y los grupos especiales;

d) facilitar el contacto estrecho entre los miembros del BCBS y las autoridades no pertenecientes al mismo;

e) apoyar la cooperación entre el BCBS y otras instituciones;

f) llevar los registros, administrar el sitio web y ocuparse de la correspondencia del BCBS; y

g) llevar a cabo cualquier otra función que le asigne el Comité y el Presidente.           

 
Secretario General
 
 
Secretarios Generales adjuntos
 
El Secretario General responde ante el Presidente y dirige el trabajo de la Secretaria.
 
El Secretario General administra los recursos financieros, materiales y humanos asignados a la Secretaría y asiste al Presidente en la representación externa del Comité.
 
El Presidente elige al Secretario General por recomendación de un jurado compuesto por miembros del BCBS y/o el GHOS y un representante de alto rango del Banco de Pagos Internacionales.
 
El nombramiento generalmente es por tres años y puede prorrogarse.
 
Los Secretarios Generales adjuntos están subordinados al Secretario General y le prestan asistencia en el desempeño de sus funciones.
 
Los Secretarios Generales adjuntos reemplazan al Secretario General en caso de ausencia o incapacidad o a petición de este último.
 
Los Secretarios Generales adjuntos son elegidos conjuntamente por el Secretario General y el Director General.